Rechazan 94 comunidades Ley de Aguas para Tlaxcala

Los representantes de comunidades regidas por usos y costumbres amenazaron con realizar manifestaciones si se privatiza el servicio.

Ests mañana de martes representantes de 94 comunicados regidas por uso y costumbres realizaron una rueda de prensa para exponer su inconformidad ante la Iniciativa de Ley de Aguas y Saneamiento del Estado de Tlaxcala, por ya que se pretende privatizar el servicio, sin pedir autorización a los pueblos, además de que vulnera el derecho al abasto de agua potable.

“Burda de ley, dicen que no se va a privatizar, pero de los más de 600 comités que existen solo quedará uno, pretenden que quede al frente la Gobernadora, luego el presidente municipal y no tendrá representación el pueblo” así lo dio a conocer el representante de Santa Justina Ecatepec, Ixtacuixtla Don, Ignacio Rodríguez Hernández.

Por su parte el representante de Víctor Hernández del Razo, de Santa Cruz Tlaxcala dijo que están dispuestos a manifestarse, de acuerdo al artículo segundo de la Constitución que los pueblos que se rigen por usos y costumbres son autónomos, situación que les da la asamblea del pueblo, agregó qué en los pueblos de usos y costumbres se arreglan los problemas de toda índole, hasta los de los servicios como el agua potable, sin que intervengan autoridades municipales o estatales, por lo que reiteró que están en desacuerdo en que se privatice el servicio de agua potable.

Además señalaron qué el próximo 21 y 29 de agosto a través de un documento se realizarán la simulación de una consulta previa sobre la iniciativa, acción qué rechazaron porque no se puede consultar una propuesta que a primera vista, vulnera tanto los tratados internacionales como la constitución federal, lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido como el “parámetro de control constitucional”, es decir, las normas internacionales y nacionales que rigen el comportamiento de todas las autor, en particular, diversos artículos de la pretendida propuesta o iniciativa de ley claramente no pasarán la prueba (“test”) de revisión convencional o constitucional, porque vulneran claramente nuestros derechos humanos colectivos plasmados en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y el artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como, jurisprudencia y criterios tanto de los tribunales nacionales como internacionales.